El Colegio Oficial de Podólogos de Navarra, es una Corporación de Derecho Público con personalidad jurídica propia y con capacidad plena para el cumplimiento de sus fines y el ejercicio de sus funciones.
Se integrarán con carácter obligatorio los profesionales que en la Comunidad Foral de Navarra posean legalmente la titulación Graduado en Podología y/o Diplomado en Podología y los requisitos que imponen sus estatutos para pertenecer a nuestro Colegio.
Tiene como fin común:
- Garantizar un servicio de calidad con respaldo colegial, propio de cualquier disciplina sanitaria.
- Defender los intereses profesionales de los podólogos, a la vez de ordenar y vigilar el ejercicio de la profesión.
- Fomentar las relaciones profesionales entre los colegiados y otros profesionales.
- Velar para que la actividad profesional se adecue a las necesidades e intereses de los ciudadanos y se respeten sus derechos.
- Impedir y llevar a los tribunales los casos de intrusismo profesional que afecten a los podólogos y al ejercicio de su profesión.
- Organizar actividades que sean de interés para los colegiados.
- Intervenir como mediador en conflictos entre los colegiados.
El colegio de podólogos lucha contra el intrusismo, no permitiendo que personas sin la suficiente titulación académica ejerzan de podólogo.
Ley Foral 13/2002 de 31 de Mayo sobre la creación del Colegio Oficial de Podólogos de Navarra
BON del 6 de Agosto del 2003 que publica los Estatutos del Colegio Oficial de Podólogos de Navarra